09 septiembre 2009

Deconstruyendo a Pagni

La cosa fue así.
Como muchas veces me duermo escuchando a Dolina con la portátil debajo de la almohada, muchas veces tengo el honor (?) de despertarme con Longobardi susurrándome al oído. Sí, ya sé. Es re sexy y no debiera hablar de mi vida privada, pero bue, la tentación es muy grande..
Así me pasó esta mañana. Marcelo (desde que me levanto con él en la cama entré en confianza y le digo Marcelo o Marce) estaba entrevistando a la diputada del FpV Patricia Fadel y el diálogo era masomenos el siguiente:
Fadel: " el tema es muy complejo, porque toca intereses económicos muy grandes...pero estamos escuchando muchas propuestas para incluso mejorar el texto del Ejecutivo y..."
Marce: "Mse claro, pero se mete con el tema de los contenidos! Ayer lo decía Pagni, mi amigo, en La Nación"
Fadel: "Perdon? Cómo?
Marce: "Artículos 28 y 30 del proyecto. Lo dice en tapa de La nación de ayer. Cómo?? No leyó el diario!"
Fadel: Mire, disculpe, pero no tengo el proyecto aquí delante y no recuerdo artículo por artículo, pero agradezco su preocupación"
Marce: "Con esa nota destrozó el proyecto. Lo destrozó (escuchen aire sobrador al leer)
Fadel: "Por supuesto que lo voy a revisar con atención. Y gracias.
Marce: "Pagni destrozó esto. Esa es la verdad".

Hasta acá lo que me quedó. Porque me apoliyé otro ratito más. Pero cuando me levanté tenía el recuerdo de ese encuentro caliente en mi cama y no podía sacármelo de la cabeza. Ay, Marce, qué manera de despertarme! ya te dije mil veces que prefiero al Negro Oro.
Así que, ahora que ya estoy terminando el día, releo la nota de Pagni de ayer que dice: "el nuevo texto prefiere examinar los contenidos que difundirá el que solicita el permiso (art. 28 y 30)" y entonces releo el Proyecto de Ley.
ARTÍCULO 28.-
Adjudicación de licencias para servicios que utilizan espectro radioeléctrico.
Las licencias correspondientes a los servicios de radiodifusión no satelitales que utilicen espectro radioeléctrico, contemplados en esta ley, serán adjudicadas,mediante el régimen de concurso público abierto y permanente.
Las licencias para servicios de radiodifusión abierta cuya área primaria de servicio supere los CINCUENTA (50) kilómetros, serán adjudicadas por el PODER EJECUTIVO NACIONAL. Las correspondientes a los restantes servicios de radiodifusión abierta y servicios de radiodifusión por suscripción que utilicen vínculos radioeléctricos no satelitales y que se encuentren planificadas, serán adjudicadas por la Autoridad de Aplicación.
En todos los casos y en forma previa a la adjudicación se requerirá informe técnico de los organismos competentes.
Para las convocatorias se deberán adoptar criterios tecnológicos flexibles que permitan la optimización del recurso por aplicación de nuevas tecnologías con el objeto de facilitar la incorporación de nuevos participantes en la actividad.
Las frecuencias cuyo concurso establezca el plan técnico que no sean adjudicadas se mantendrán en concurso público, abierto y permanente, debiendo la Autoridad de Aplicación llamar a nuevo concurso, ante la presentación de un aspirante a prestador del servicio.
Cuando un interesado solicite la apertura de un concurso, el llamado deberá realizarse dentro de los SESENTA (60) días corridos de presentada la documentación y las formalidades que establezca la reglamentación.
Podrá solicitarse la inclusión en el Plan Técnico de toda localización radioeléctrica no prevista en el mismo a petición de parte interesada, si se verifica su factibilidad y compatibilidad técnica con el Plan Técnico. Verificada su factibilidad, deberá llamarse a concurso para la adjudicación de la misma.
ARTÍCULO 30.
Criterios de evaluación de solicitudes y propuestas.
Los criterios de evaluación de solicitudes y propuestas para la adjudicación de los servicios de comunicación audiovisual, sin perjuicio de lo dispuesto por el artículo 23 de la presente, deberán responder a los siguientes criterios:
a) La ampliación o, en su defecto, el mantenimiento del pluralismo en la oferta de servicios de comunicación audiovisual y en el conjunto de las fuentes de información, en el ámbito de cobertura del servicio;
b) Las garantías para la expresión libre y pluralista de ideas y opiniones en los servicios de comunicación audiovisual cuya responsabilidad editorial y de contenidos vaya a ser asumida por el adjudicatario;
c) La satisfacción de los intereses y necesidades de los potenciales usuarios, del servicio de comunicación audiovisual, teniendo en cuenta el ámbito de cobertura del servicio, las características del servicio o las señales que se difundirían y, si parte del servicio se va prestar mediante acceso pagado, la relación más beneficiosa para el abonado entre el precio y las prestaciones ofrecidas, en tanto no ponga en peligro la viabilidad del servicio;
d) El impulso, en su caso, al desarrollo de la Sociedad de la Información que aportará el servicio mediante la inclusión de servicios conexos, servicios adicionales interactivos y otras prestaciones asociadas;
e) La prestación de facilidades adicionales a las legalmente exigibles para asegurar el acceso al servicio de personas discapacitadas o con especiales necesidades;
f) El aporte al desarrollo de la industria de contenidos;
g) El desarrollo de determinados contenidos de interés social;
h) Los criterios que, además, puedan fijar los pliegos de condiciones;
i) La capacidad patrimonial será evaluada a efectos de verificar las condiciones de admisibilidad y viabilidad de la propuesta;
j) En cada llamado a concurso o procedimiento de adjudicación, la Autoridad de Aplicación deberá insertar la grilla de puntaje a utilizar correspondiente a la propuesta comunicacional, conforme los objetivos expuestos en los artículos 2º y 3º de la presente ley, como así también una grilla de puntaje referida a la trayectoria de las personas de existencia visible que formen parte del proyecto, a fin de priorizar el mayor arraigo
Los licenciatarios deberán conservar las pautas y objetivos de la propuesta comunicacional expresados por la programación comprometida, durante toda la vigencia de la licencia.


Ahora bien. Me tomé el atrevimiento de poner en negritas lo que este humilde escriba, que por suerte no es abogado, entiende que se rozan con el tema de "contenidos". Y salvando el acápite "h)" (resaltado en rojo) y que debiera tener una mayor claridad expositiva o bien anularse ya que abre un campo demasiado discrecional para los autores de los pliegos, el resto no pareciera ser problemático ni intrusivos con la libertad de expresión, no?
Porque, vamos, qué duda cabe que Pagni defenderá la "pluralidad de contenidos y fuentes de información", sostendrá "la expresión libre y pluralista de ideas y opiniones con responsablidad editorial", hará un "aporte al desarrollo de la industria de contenidos" y promoverá "el desarrollo de determinados contenidos de interés social".
¿O no es lo que han venido haciendo hasta ahora?

5 comentarios:

musidora dijo...

Hola mendieta
Entiendo que por razones estratégicas digamos que no hay mención a los contenidos. Sin embargo, a mi me hace ruido porque creo que sí hay mención a los contenidos y que algunas agrupaciones hicimos nuestros aportes para que así fuera.

Por ejemplo, en el Art. 3, inciso M, se dice que la comunicación audiovisual debe:

m) "Promover la protección y salvaguarda de la igualdad entre hombres y mujeres, y el tratamiento plural, igualitario y no estereotipado, evitando toda discriminación por género u orientación sexual;"

¿Eso no tiene que ver con los contenidos? Hay casi veinte organizaciones del movimiento de mujeres, feministas y afines que hicieron aportes al respecto
No es una indicación menor, ya que actualmente no es un stándar respetado en la tv.
Vos qué pensás? por dónde pasa la discusión sobre si hay o no contenidos? saludos
paula

Anónimo dijo...

mendieta
estoy en apuros domésticos y sólo me detendré a advertir un creciente sadomasoquismo en ud, un hombre sabio y con andar. sólo esa conducta explica q escuche y lea esas cosas.
puaj
lo kiero
normis

Razz dijo...

http://www.pagina12.com.ar/diario/elpais/subnotas/131266-42281-2009-09-06.html

Digo, Longobardi es un hombre que siempre se ha metido con los contenidos, pero de los sobres.

Anónimo dijo...

me pasa lo mismo con dolina y "marce".No son buenos los dias en los que por error me levanto escuchando a "marce".
fede
pd:sigo su blog hace un tiempito....muy bueno

Razz dijo...

Avisenlé a Carrió que se le están retobando ;)
http://www.comunaslitoral.com.ar/nota.asp?notaid=35056